Artículo tercero. Durante el término de los 10 días que se señala en el artículo anterior para que los empleados a que se le refiere verifiquen la- entrega de la caja y elementos puestos bajo su cuidado, devengarán el sueldo de qué han venido disfrutando; vencido el plazo señalado, tales funcionarios no tendrán derecho a remuneración, de ninguna clase, sin perjuicio de efectuar la entrega correspondiente.
Decreto 1007 de 1951 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1007 de 1951 · Por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas y se dictan otras disposiciones. (Ramo de Carreteras Nacionales)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.