Reglamentos de enajenación y adjudicación . Los reglamentos de enajenación y adjudicación que se expidan para cada una de las etapas del Programa de Enajenación o los instructivos operativos si la enajenación se efectúa a través de la Bolsa de Valores de Colombia, contendrán, según sea el caso, entre otros aspectos, los siguientes: i) Las reglas, procedimientos, condiciones y modalidades correspondientes a la oferta pública de venta de las acciones y al desarrollo del proceso de enajenación; ii) Las condiciones especiales de que trata el artículo 5° del presente decreto; iii) Las reglas aplicables para la presentación de aceptaciones de compra y la recepción de ofertas; iv) La forma de acreditar los requisitos que se establezcan; v) El monto y la calidad de las garantías de seriedad de las aceptaciones y ofertas; vi) El precio y la forma de pago; vii) Los instrumentos que incentiven la participación de inversionistas interesados en adquirir las acciones; viii) Las reglas correspondientes a la adjudicación de las acciones y, en general; ix) Todos los aspectos que se requieran para desarrollar el Programa de Enajenación de que trata el presente decreto.
Los reglamentos de enajenación y adjudicación para la Primera y Segunda Etapa, serán expedidos por el IFI, en Liquidación y podrán ser modificados o aclarados mediante adendos que expida el mismo IFI, en Liquidación. En caso que la enajenación se realice a través de la Bolsa de Valores de Colombia, los reglamentos o instructivos operativos aplicables serán los de esa entidad y el aviso y los instructivos operativos se harán de acuerdo con las instrucciones impartidas por el IFI, en Liquidación.