Articulo 8º El Ministerio de Educación Nacional establecerá la planta de personal que demande la nueva organización como Unidad Docente, en los términos del Decreto y número 272 de 1982, y demás normas que regulan los aspectos de planta de personal.
Decreto 2011 de 1984 →Vigente
Artículo 8
El Ministerio De Educación Nacional Establecerá La Planta De Personal Que Demande La Nueva Organización Como Unidad Docente, En Los Términos Del Decreto Y Número 272 De 1982, Y Demás Normas Que Regulan Los Aspectos De Planta De Personal
Decreto 2011 de 1984 · Por el cual se organiza una Unidad Docente de Educación Superior del Ministerio de Salud
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.