Micelio

Artículo 1

Desde El Día 1

Decreto 5 de 1895 · Por el cual se asimilan a Administraciones de Hacienda dos Consulados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Desde el día 1.º de Abril próximo venidero quedaran asimilados a Administraciones de Hacienda nacional los Consulados de la República en Maracaibo y Burdeos. En consecuencia, todos los productos que dichos consulados den, serán considerados como pertenecientes al Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 5 de 1895