Micelio

Artículo 6

Ley 44 de 1910 · Por la cual se adoptan algunas disposiciones sobre la explotación de las Salinas y se fijan los precios de la sal

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Asígnase al Municipio de Zipaquirá una participación del dos y medio por ciento (2 ½ por 100) en el producto liquido de las salinas de ese lugar, la cual participación se distribuirá así: uno y medio por ciento (1 ½ por 100) para las rentas municipales; medio por ciento (½ por 100) para la iglesia y medio por ciento (½ por 100) para la beneficencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 44 de 1910