Micelio

Artículo 4

Se Entiende Por Establecimiento Hotelero O De Hospedaje El Establecimiento De Comercio O De Hospedaje Que Se Dedica A Prestar Alojamiento, Con O Sin Alimentación, Y Servicios Básicos Y Complementarios O Accesorios Al Alojamiento

Decreto 2951 de 1979 · Por el cual se reglamenta el artículo 24 de la ley 20 de 1979 sobre impuesto de turismo y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Se entiende por establecimiento hotelero o de hospedaje el establecimiento de comercio o de hospedaje que se dedica a prestar alojamiento, con o sin alimentación, y servicios básicos y complementarios o accesorios al alojamiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2951 de 1979