º. Los Pagadores Oficiales, sean Nacionales, Departamentales o Municipales, para cubrir los sueldos y pensiones correspondientes al mes de marzo de cada año, o su primera quincena o década, según el caso, exigirán al empleado el certificado de paz y salvo con el Tesoro Nacional, por concepto de Impuesto sobre la Renta y Complementarios, expedido por correspondiente funcionario de Hacienda Nacional, Junto con el comprobante de haber presentado su declaración de renta y patrimonio por el año inmediatamente anterior.
Artículo 1
Los Pagadores Oficiales, Sean Nacionales, Departamentales O Municipales, Para Cubrir Los Sueldos Y Pensiones Correspondientes Al Mes De Marzo De Cada Año, O Su Primera Quincena O Década, Según El Caso, Exigirán Al Empleado El Certificado De Paz Y Salvo Con El Tesoro Nacional, Por Concepto De Impuesto Sobre La Renta Y Complementarios, Expedido Por Correspondiente Funcionario De Hacienda Nacional, Junto Con El Comprobante De Haber Presentado Su Declaración De Renta Y Patrimonio Por El Año Inmediatamente Anterior
Decreto 2582 de 1955 · Por el cual se modifica el artículo 2º del Decreto número 1260 de 1953
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.