Micelio

Artículo 9

O

Decreto 58 de 1990 · Por el cual se establece el régimen de remuneración del personal docente de la Universidad Surcolombiana y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o. La remuneración prevista en este Decreto corresponde a empleos de tiempo completo, con dedicación de cuarenta horas (40) semanales. Los empleos de tiempo parcial se remunerarán en forma proporcional a la mencionada dedicación. La remuneración será el resultado de multiplicar el puntaje total obtenido de los factores establecidos en el artículo 1o. del presente Decreto por el valor del punto. El cincuenta por ciento (50%) de la remuneración de los empleados públicos docentes tendrá el carácter de gastos de representación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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