Micelio

Artículo 17

Cuando Se Contraten Por Personas Jurídicas O Naturales, Nacionales O Extranjeras, A Personas Jurídicas Que Vayan A Desarrollar Labores Propias De La Profesión De Ingeniero Pesquero, Se Anexará Además De La Certificación De Creación Y Representación Legal, Fotocopia De La (S) Matrícula (S) De Ingenieros Pesqueros Que Formen Parte De La Sociedad O Estén Vinculadas A Ella

Decreto 380 de 1993 · por el cual se reglamenta la Ley 28 de 1989, sobre el ejercicio de la profesión de la Ingeniería Pesquera.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando se contraten por personas jurídicas o naturales, nacionales o extranjeras, a personas jurídicas que vayan a desarrollar labores propias de la profesión de Ingeniero Pesquero, se anexará además de la certificación de creación y representación legal, fotocopia de la (s) Matrícula (s) de Ingenieros Pesqueros que formen parte de la sociedad o estén vinculadas a ella.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 380 de 1993