Micelio

Artículo 5

Ley 16 de 1918 · Reformatoria de las Leyes 11 de 1916 y 2a de 1917, y por la cual se dictan disposiciones referentes a obras del Puerto de Buenaventura

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno podrá fijar, por medio de decretos, los derechos de faro y demás de puerto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 16 de 1918