Micelio

Artículo 34

Decreto 2820 de 1991 · por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Efecto del artículo 317 de la constitución política, en el impuesto de patrimonio del año gravable 1991 . De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 317 de la Constitución Política, para el año gravable de 1991 y siguientes, no se gravarán con impuesto complementario de patrimonio los bienes inmuebles. Para la determinación del patrimonio líquido gravable del año fiscal de 1991, los contribuyentes, previamente, deberán excluir del patrimonio bruto el valor patrimonial bruto de los bienes inmuebles, y del pasivo el valor de las deudas directamente imputables a los mismos. Cuando no sea posible identificar el monto del pasivo imputable a tales bienes, el contribuyente determinará el valor a disminuir, directamente, del patrimonio liquido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 193 del Estatuto Tributario. Por el año gravable de 1991 y siguientes, los contribuyentes del Impuesto complementario de patrimonio no podrán solicitar descuento alguno por concepto de impuesto predial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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