Micelio

Artículo 10

Decreto 2136 de 1992 · por el cual se reestructura el Instituto de Mercadeo Agropecuario -IDEMA-.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 10 . Contratación, Arrendamiento y Venta de Activos. - El IDEMA está facultado para celebrar toda clase de contratos de acuerdo con su naturaleza y objetivos, al igual que para dar en arrendamiento o en contrato de asociación o para vender las despensas destinadas a la distribución minorista de productos agropecuarios. De igual manera, puede el Instituto vender los activos utilizados para el mercadeo mayorista como silos, bodegas o cobertizos que no requiera para cumplir sus funciones. La desincorporación de activos debe ser dispuesta por la Junta Directiva, previa la elaboración de un programa especialmente diseñado para que las operaciones se lleven a cabo de manera ordenada, a precios comerciales y debidamente garantizadas cuando no puedan cerrarse de contado. La venta se llevará a cabo directamente por el Instituto, pero no podrá efectuarse por un precio inferior al que señale el avalúo del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" y/o de las lonjas de propiedad raíz. CAPITULO V. REESTRUCTURACION

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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