° Declarar como monumento nacional el Edificio Nacional, ubicado en la calle 40 número 44-80 de Barranquilla, Atlántico, y de la plaza de mercado de Girardot, Cundinamarca, ubicada entre las carreras 9ª y 10ª y entre las calles 10 y 11 de esta ciudad.
Decreto 1932 de 1993 →Vigente
Artículo 1
Declarar Como Monumento Nacional El Edificio Nacional, Ubicado En La Calle 40 Número 44-80 De Barranquilla, Atlántico, Y De La Plaza De Mercado De Girardot, Cundinamarca, Ubicada Entre Las Carreras 9ª Y 10ª Y Entre Las Calles 10 Y 11 De Esta Ciudad
Decreto 1932 de 1993 · por el cual se declara como monumento nacional el Edificio Nacional de Barranquilla, Atlántico, y de la plaza de mercado de Girardot, Cundinamarca, (diseñados por el Arquitecto Leopoldo Rother) y se delimita su área de influencia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.