Micelio

Artículo 15

Decreto 4116 de 2004 · por el cual se reglamenta la Ley 903 de 2004.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los vehículos usados de modelos 1998 en adelante, que ingresen al Departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, tendrán que registrarse (matricularse) ante el Organismo de Tránsito y Transporte de este departamento y no podrán trasladar su cuenta a otros Organismo de Tránsito y Transporte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4116 de 2004