Micelio

Artículo 5

Ley 52 de 1988 · Por medio de la cual se crea el Congreso Nacional de Política Educativa y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con el propósito de cooperar con el Gobierno Nacional, el Ministerio de Educación y sus organismos adscritos y vinculados y con el Departamento Nacional de Planeación - Unidad de Desarrollo Social en el diseño, formulación, estudio de alternativas de financiación, evaluación y aplicación de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos educativos nacionales, créase el Congreso Nacional de Política Educativa como mecanismo institucional que permita la consulta a los estamentos de la comunidad educativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 52 de 1988