Los auxilios decretados por esta Ley se incluirán en el Presupuesto Nacional para la próxima vigencia o subsiguientes, y caso de que no se alcancen a incluir, se autoriza al Gobierno Nacional para que haga las apropiaciones y traslados del caso dentro del mismo Presupuesto, a fin de que esta Ley tenga pronto cumplimiento.
Ley 61 de 1961 →Vigente
Artículo 2
Ley 61 de 1961 · por la cual se decretan unos auxilios para construcción de escuelas urbanas en las poblaciones de Arauquita, Arauca, Tame, Puerto Carreño y Mitú.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.