Micelio

Artículo 6

Cuando La Registraduría Nacional Del Estado Civil Niegue La Expedición De Una Cédula Preparada O Cancele Una Ya Expedida, Por Tratarse De Persona Menor De Edad, Los Delegados Departamentales Decretarán La Insubsistencia Del Registrador Municipal, Que Hubiere Autorizado Con Su Firma La Preparación De La Cédula, A Menos Que Exista Alguna Razón Plenamente Justificada De Su Conducta

Decreto 2864 de 1952 · Por el cual se dictan varias disposiciones sobre organización electoral, cédula de ciudadanía, censos de sufragantes y votaciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Cuando la Registraduría Nacional del Estado Civil niegue la expedición de una cédula preparada o cancele una ya expedida, por tratarse de persona menor de edad, los Delegados Departamentales decretarán la Insubsistencia del Registrador Municipal, que hubiere autorizado con su firma la preparación de la cédula, a menos que exista alguna razón plenamente justificada de su conducta.

Parágrafo

Contra la Resolución de los Delegados serán procedentes el recurso de reposición y en subsidio de apelación en el efecto suspensivo ante el Registrador Nacional del Estado Civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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