Micelio

Artículo 8

Naturaleza De Las Obligaciones Y Responsabilidades Del Fiduciario

Decreto 938 de 1989 · Por el cual se dictan disposiciones sobre Fideicomiso de Inversión.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Naturaleza de las obligaciones y responsabilidades del fiduciario. Dentro de los contratos mediante los cuales se vincule a los constituyentes o adherentes con los fondos o proyectos específicos de inversión deberá destacarse la circunstancia de que las obligaciones que asume el fiduciario tienen el carácter de obligaciones de medio y no de resultado. En consecuencia, los bancos y las corporaciones financieras especialmente autorizados para organizar y mantener secciones fiduciarias y las sociedades fiduciarias se abstendrán de garantizar, por cualquier medio, una tasa fija para los recursos recibidos, así como de asegurar rendimientos por valorización de los activos que integran los fondos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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