Si una vez que el ferrocarril de Puerto Berrío llegue a Medellín, el Departamento de Antioquia resolviere construir la vía férrea a que esta Ley se refiere, el Gobierno Nacional subvencionará con quince mil pesos ($15.000) oro cada uno de los kilómetros que se construyan, todo de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 61 de 1896 , y concederá, además, al mismo Departamento, en la región que recorra la vía, o en sus inmediaciones, cien hectáreas de tierras baldías por cada kilómetro de aquella.
Los trabajos pueden comenzar de Medellín hacia el golfo de Urabá o a la inversa, según se estimare más conveniente.