Micelio

Artículo 1

Conceder Autorización Al Instituto Colombiano Para El Fomento De La Educación Superior - Icfes -, Para Practicar Exámenes De Estado A Cinco (5) Egresados De Programas De Formación Técnica Profesional, De La Unidad De Carreras Intermedias Técnicas De Nariño - Uciten -, Según El Siguiente Detalle: En El Programa Técnico Profesional En Hotelería Y Turismo A Melba González Córdoba, Con Cédula De Ciudadanía Número 30723722 De Pasto Y Vilma Del Carmen Lucero Rey, Con Cédula De Ciudadanía Número 30722480 De Pasto

Decreto 1121 de 1991 · por el cual se autoriza la práctica de unos exámenes de Estado para el otorgamiento de títulos en educación superior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Conceder autorización al Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior - Icfes -, para practicar exámenes de Estado a cinco (5) egresados de Programas de Formación Técnica Profesional, de la Unidad de Carreras Intermedias Técnicas de Nariño - Uciten -, según el siguiente detalle: En el Programa Técnico Profesional en Hotelería y Turismo a Melba González Córdoba, con cédula de ciudadanía número 30723722 de Pasto y Vilma del Carmen Lucero Rey, con cédula de ciudadanía número 30722480 de Pasto. En el Programa Técnico Profesional de Educación Preescolar a Nancy Marcela Revelo Vallejo, con cédula de ciudadanía número 36997215 de Ipiales; Hortencia F. Verdugo Moreno, con cédula de ciudadanía número 36996726 de Ipiales y Ana P. Medina Villarreal con cédula de ciudadanía numero 30728523 de Pasto.

Parágrafo 1

El Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior --Icfes--, podrá por intermedio de una o varias instituciones de educación superior, que ofrezcan programas en la modalidad de formación técnica profesional en Hotelería y Turismo y en Educación Preescolar, practicar los mencionados exámenes de Estado que conduzcan a la verificación de conocimientos y destrezas para la expedición de títulos a los egresados que los aprueben.

Parágrafo 2

El Director del Icfes podrá convenir con las entidades de educación superior seleccionadas, los procedimientos y fechas para la práctica de los exámenes de Estado.

Parágrafo 3

La autorización que se da por este Decreto tiene vigencia de un (1) año a partir de su publicación en el DIARIO OFICIAL.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1121 de 1991