º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 18. Del artículo 173. Para pagar el valor de la prima de Navidad al personal de las dependencias y entidades adscritas al Ministerio de Gobierno de conformidad con la Ley 45 d e1945 y Decreto reglamentario número 3070 del mismo año $15.000.00 Suman los contracréditos $15.000.00 Capítulo 3º Al artículo 23 bis. Para gastos de asistencia médica farmacéutica, quirúrgica y hospitalaria de los empleados de la Presidencia de la República y del Ministerio de Gobierno (Ley 74 de 1945 y Decreto 981 de 1946 5.000.00 Capítulo 18. Al artículo 168. Para gastos imprevistos del Ministerio 10.000.00 Suman los créditos $15.000.00
Decreto 2548 de 1947 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Gobierno Capítulo 18
Decreto 2548 de 1947 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Gobierno).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.