Micelio

Artículo 7

Decreto 3177 de 1948 · por el cual se hacen unas modificaciones en el personal de oficinas directas y de los ramos de Correos y Telégrafos, en el Ministerio de Correos y Telégrafos.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo séptimo. En virtud de la creación de la Administración de Correos de Guamo (Tolima), a (pie se refiere el artículo sexto del presente Decreto, la Oficina Mixta que venía funcionando en dicha localidad continuará prestando servicios únicamente como Telegráfica, a cargo de un Telegrafista Jefe, con el personal y asignaciones fijadas en el Decreto número 148 de 1947; excepto la plaza de Cartero, que se suprime en el artículo tercero del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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