OFICINAS DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS. - Las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos son dependencias de la Superintendencia de Notariado y Registro, pero son autónomas en el ejercicio de la función registral.
Decreto 2158 de 1992 →Vigente
Artículo 27
Decreto 2158 de 1992 · por el cual se reestructura la superintendencia de notario y registro.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.