Micelio

Artículo 26

El Subsidio Familiar Disminuye Por Los Siguientes Hechos: 1°

Decreto 351 de 1964 · Por el cual se reglamenta la Ley 68 de 1963 (diciembre 23), sobre personal civil del Ministerio de Guerra, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El subsidio familiar disminuye por los siguientes hechos: 1°. Por muerte de la esposa si no hubiere hijos. 2°. Por los hijos: Para varones 1°. Por muerte 2°. Por emancipación voluntaria. 3°. Por matrimonio. 4°. Por haber cumplido la edad de veintiún (21) años, salvo el caso de estudiantes que dependan económicamente del empleado, y de hijos inválidos. 5°. Por haber conseguido la independencia económica antes de cumplir los veintiún (21) años. b) Para las mujeres 1°. Por muerte 2°. Por matrimonio 3°. Por profesión religiosa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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