°. El establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los organismos y entidades públicas que hacen parte del campo de aplicación del presente decreto, será responsabilidad de la máxima autoridad de la entidad u organismo correspondiente y de los jefes de cada dependencia de las entidades y organismos, así como de los demás funcionarios de la respectiva entidad.
Decreto 943 de 2014 →Vigente
Artículo 2
El Establecimiento Y Desarrollo Del Sistema De Control Interno En Los Organismos Y Entidades Públicas Que Hacen Parte Del Campo De Aplicación Del Presente Decreto, Será Responsabilidad De La Máxima Autoridad De La Entidad U Organismo Correspondiente Y De Los Jefes De Cada Dependencia De Las Entidades Y Organismos, Así Como De Los Demás Funcionarios De La Respectiva Entidad
Decreto 943 de 2014 · por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno (MECI).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.