Micelio

Artículo 2

Las Secciones 3°, Caja Y Pagaduría; 4ª, Proveeduría Y Almacenes; 5ª Especies Postales Y 6°, Archivo, Funcionarán A Contar De La Vigencia Del Presente Decreto, Con El Mismo Personal Que Actualmente Tienen, Y En La Misma Forma De Las Demás Dependencias Del Ministerio, Excepto Los Almacenes Del Ramo Que Dependerán Directamente De La Proveeduría Y Los Interventores Que Dependerán, Respectivamente, De Los Departamentos De Explotación De Telégrafos Y De Radiocomunicaciones, Según Las Funciones Correspondientes A Cada Uno De Los Dichos Funcionarios

Decreto 1386 de 1938 · Por el cual se reforman los marcados con los números 2238 y 2259 de 30 de diciembre del año de 1937, señalan las funciones del Departamento de Control del Ministerio de Correos y Telégrafos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las Secciones 3°, Caja y Pagaduría; 4ª, Proveeduría y Almacenes; 5ª Especies Postales y 6°, Archivo, funcionarán a contar de la vigencia del presente Decreto, con el mismo personal que actualmente tienen, y en la misma forma de las demás dependencias del Ministerio, excepto los Almacenes del ramo que dependerán directamente de la Proveeduría y los Interventores que dependerán, respectivamente, de los Departamentos de Explotación de Telégrafos y de Radiocomunicaciones, según las funciones correspondientes a cada uno de los dichos funcionarios.

Parágrafo

Quedan en los términos del presente, reformados los Decretos números 2238 y 2239 de fecha 30 de diciembre del año de 1937.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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