Micelio

Artículo 1

Ley 59 de 1882 · Que autoriza al Poder Ejecutivo para celebrar un contrato

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.º Autorízase al Poder Ejecutivo para que celebre un contrato con los herederos del finado señor José M. Malo Blanco, sobre el cumplimiento de la obligacion contraída por la escritura de cinco de Diciembre de mil ochocientos cincuenta y nueve, que otorgó el reverendo padre fray Pedro Achuri, Procurador de la suprimida Provincia de Agustinos descalzos, ante el Notario primero de Bogotá, señor Narciso Sánchez, á favor de la señora Soledad O'Leary de Malo Blanco,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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