Micelio

Artículo 3

El Acto Administrativo Que Ordene La Venta De Las Mercancías, Dispondrá Que Dentro De Los Cinco (5) Días Después De Ejecutoriado El Mismo, El Interesado Podrá Solicitar La Entrega De Las Mercancías, Acreditando A Dicha Fecha El Pago Del Bodegaje Y De Los Demás Servicios Prestados Por El Establecimiento Público Zona Franca, Y Si Es Del Caso, Los Tributos Aduaneros Que Correspondan Para Su Importación Al Resto Del Territorio Nacional, O Su Reexportación A Otros Países

Decreto 2624 de 1993 · por el cual se establece el procedimiento para la enajenación de mercancías no retiradas oportunamente de Zonas Francas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El acto administrativo que ordene la venta de las mercancías, dispondrá que dentro de los cinco (5) días después de ejecutoriado el mismo, el interesado podrá solicitar la entrega de las mercancías, acreditando a dicha fecha el pago del bodegaje y de los demás servicios prestados por el Establecimiento Público Zona Franca, y si es del caso, los tributos aduaneros que correspondan para su importación al resto del territorio nacional, o su reexportación a otros países.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2624 de 1993