Micelio

Artículo 54

La Publicación Especial De La Sentencia Condenatoria Se Ordenará Como Pena Accesoria De Las De Presidio Y Prisión, Siempre Que No Se Otorgue La Condena Condicional Y Que No Se Trate De Menores De Diez Y Ocho Años, Ni De Delitos Contra Las Buenas Costumbres O El Orden De Las Familias

Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La publicación especial de la sentencia condenatoria se ordenará como pena accesoria de las de presidio y prisión, siempre que no se otorgue la condena condicional y que no se trate de menores de diez y ocho años, ni de delitos contra las buenas costumbres o el orden de las familias. En este último caso sólo podrá hacerse a petición de la parte lesionada por el delito, observando lo prescrito en el artículo 52.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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