° Si las sumas que resulten del cincuenta por ciento (50%) a que se refiere el artículo anterior no fueren suficientes para atender a los gastos que demanden la organización y sostenimiento de los servicios de Policía, el excedente en el costo de los mismos será tomado por los Intendentes y Comisarios de los fondos ordinarios de los respectivos presupuestos intendenciales y comisariales, para lo cual procederán a hacer los traslados que considere necesarios.
Artículo 2
Si Las Sumas Que Resulten Del Cincuenta Por Ciento (50%) A Que Se Refiere El Artículo Anterior No Fueren Suficientes Para Atender A Los Gastos Que Demanden La Organización Y Sostenimiento De Los Servicios De Policía, El Excedente En El Costo De Los Mismos Será Tomado Por Los Intendentes Y Comisarios De Los Fondos Ordinarios De Los Respectivos Presupuestos Intendenciales Y Comisariales, Para Lo Cual Procederán A Hacer Los Traslados Que Considere Necesarios
Decreto 2374 de 1949 · por el cual se modifica parcialmente el artículo 13 del Decreto número 2451 de 1943 y se da una autorización a los Intendentes y Comisarios en relación con la organización y sostenimiento de los servicios de la Policía en las Intendencias, Comisarías, ...Municipios y Corregimientos intendenciales y comisariales...
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.