Micelio

Artículo 131

° Se Consideran En Esta Sección Diez (10) Aspectos Cuyo Grado De Desarrollo Son El Fundamento Y Base Para Determinar La Capacidad Técnica Y La Conducta Que, Motivan Las Promociones Y Retiros Del Personal Civil, Por Lo Tanto Se Deben Tener En Cuenta Las Siguientes Instrucciones: A) Calificación: El Valor Numérico Que Asigne El Calificador En Su Respectiva Columna A Cada Uno De Los Aspectos Que Se Consideren, Debe Ser El Equivalente Al Grado De Desarrollo Conceptual Que Indica La Tabla De Equivalencias Del Formulario

Decreto 1833 de 1979 · Por el cual se dictan normas sobre calificación y clasificación para el personal de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Se consideran en esta Sección diez (10) aspectos cuyo grado de desarrollo son el fundamento y base para determinar la capacidad técnica y la conducta que, motivan las promociones y retiros del personal civil, por lo tanto se deben tener en cuenta las siguientes instrucciones: a) Calificación: El valor numérico que asigne el calificador en su respectiva columna a cada uno de los aspectos que se consideren, debe ser el equivalente al grado de desarrollo conceptual que indica la Tabla de Equivalencias del Formulario. b) Cada aspecto debe ser calificado en forma independiente y no tratar de correlaciónanos; por tanto, cuando se hayan presentado sanciones, éstas se aplicarán solamente al aspecto o aspectos que hayan afectado. c) Los aspectos anotados para calificar deben interpretarse en su acepción comúnmente conocida y su grado valorarse por la Tabla, marcando con una (x) el valor escogido y poniéndolo al frente en forma numérica en la columna valor calificación. d) El cómputo total será la suma del valor de las calificaciones asignadas por el calificador. e) Los aspectos anotados no dan lugar a que se deje de calificar alguno de ellos por desconocido. f) Para evaluar la calificación de "Disciplina" se deben tener en cuenta las siguientes normas

1.

Las sanciones disciplinarias tienen el valor numérico que a continuación se indica: Reprensión simple: Un (1) punto en contra por cada una. Reprensión severa: Dos (2) puntos en contra por cada una. Multar: Cuatro (4) puntos en contra por cada multa equivalente a un (1) día de sueldo básico

2.

Los premios y distinciones, el valor numérico que a continuación se indica: Felicitación privada escrita: Un (1) punto a favor por cada una. Felicitación pública: Tres (3) puntos a favor por cada una. Condecoraciones: Diez (10) puntos a favor por cada una.

3.

El valor numérico resultante de la diferencia entre los puntos en contra y a favor será la base de la, calificación de la "Disciplina". Consultar Anexo "K". Sección C. De las Secciones III y IV del formulario CP-2.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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