Micelio

Artículo 51

En Las Intervenciones Quirúrgicas, Los Derechos De Sala Que Comprenden: La Dotación Básica Del Quirófano, Los Equipos, Sus Accesorios E Implementos, Instrumental, Ropas Reutilizables O Desechables, Los Servicios De Enfermería, Esterilización, Instrumentación, Circulantes Y Recuperación Hasta Por Seis Horas, Se Reconocerán Según La Clasificación De Procedimientos Médico-Quirúrgicos, Así: 39203 Grupo 01 $ 3

Decreto 2747 de 1989 · Por el cual se aprueba el Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas, para la contratación de servicios de salud en el Instituto de Seguros Sociales

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 51. En las intervenciones quirúrgicas, los derechos de sala que comprenden: La dotación básica del quirófano, los equipos, sus accesorios e implementos, instrumental, ropas reutilizables o desechables, los servicios de enfermería, esterilización, instrumentación, circulantes y recuperación hasta por seis horas, se reconocerán según la clasificación de procedimientos médico-quirúrgicos, así: 39203 Grupo 01 $ 3.000 39204 Grupo 02 3.595 39205 Grupo 03 5.995 39206 Grupo 04 8.195 39207 Grupo 05 11.110 39208 Grupo 06 14.555 39209 Grupo 07 17.050 39210 Grupo 08 19.795 39211 Grupo 09 23.820 39212 Grupo 10 29.320 39213 Grupo 11 32.985 39214 Grupo 12 36.645 39215 Grupo especial 20 43.300 39216 Grupo especial 21 48.265 39217 Grupo especial 22 56.370 39218 Grupo especial 23 88.535

Parágrafo 1

Cuando se practique una intervención bilateral, el valor de los derechos de sala se incrementará en el cincuenta por ciento (50%) de la tarifa señalada para el grupo en el que esté clasificada. En las intervenciones múltiples que realice un mismo cirujano en distinta región operatoria, o las que practiquen cirujanos de diferentes especialidades, en la misma u otra región, el valor de los derechos de sala será el correspondiente a la cirugía mayor que se ejecute, incrementado en el cincuenta por ciento (50%) de la tarifa de cada una de las intervenciones adiciónales.

Parágrafo 2

El Instituto no reconocerá valores adiciónales por el empleo de accesorios e implementos de los equipos que se utilicen en la práctica de las intervenciones y procedimientos, así estos no sean reutilizables.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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