Micelio

Artículo 1

Delégase En Los Ministros Y En Los Jefes De Departamento Administrativo La Facultad De Celebrar Contratos En Nombre De La Nación Colombiana, Cuando La Cuantía Sea Inferior A

Decreto 1923 de 1975 · Por el cual se delegan unas funciones sobre contratos

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Delégase en los Ministros y en los Jefes de Departamento Administrativo la facultad de celebrar contratos en nombre de la Nación colombiana, cuando la cuantía sea inferior a. cinco millones de pesos ($ 5.000.000.00).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1923 de 1975