Micelio

Artículo 1

Autorizase Al Fondo De Promoción De Exportaciones Para Que, Previo El Cumplimiento De Las Disposiciones Legales Y En Las Condiciones Que Establezca Su Junta Directiva, Participe Como Accionista En El Instituto De Fomento Industrial Ifi Hasta Por La Suma De Setecientos Millones De Pesos ($ 700

Decreto 643 de 1981 · por el cual se conceden unas autorizaciones al Fondo de Promoción de Exportaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1º Autorizase al Fondo de Promoción de Exportaciones para que, previo el cumplimiento de las disposiciones legales y en las condiciones que establezca su Junta Directiva, participe como accionista en el Instituto de Fomento Industrial IFI hasta por la suma de setecientos millones de pesos ($ 700.000.000) y en Artesanías de Colombia S.A., hasta por cincuenta millones de pesos ($ 50.000.000).

Parágrafo

Los recursos que de acuerdo con este artículo ingresen al Instituto de Fomento Industrial deberán ser destinados por esta entidad al financiamiento de empresas cuya producción se oriente total o parcialmente a la exportación; y en relación con los recursos que ingresen a Artesanías de Colombia S. A., estos propenderán a la venta de bienes en el exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 643 de 1981