Autorizase Al Fondo De Promoción De Exportaciones Para Que, Previo El Cumplimiento De Las Disposiciones Legales Y En Las Condiciones Que Establezca Su Junta Directiva, Participe Como Accionista En El Instituto De Fomento Industrial Ifi Hasta Por La Suma De Setecientos Millones De Pesos ($ 700
Decreto 643 de 1981 · por el cual se conceden unas autorizaciones al Fondo de Promoción de Exportaciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Articulo 1º Autorizase al Fondo de Promoción de Exportaciones para que, previo el cumplimiento de las disposiciones legales y en las condiciones que establezca su Junta Directiva, participe como accionista en el Instituto de Fomento Industrial IFI hasta por la suma de setecientos millones de pesos ($ 700.000.000) y en Artesanías de Colombia S.A., hasta por cincuenta millones de pesos ($ 50.000.000).
Parágrafo
Los recursos que de acuerdo con este artículo ingresen al Instituto de Fomento Industrial deberán ser destinados por esta entidad al financiamiento de empresas cuya producción se oriente total o parcialmente a la exportación; y en relación con los recursos que ingresen a Artesanías de Colombia S. A., estos propenderán a la venta de bienes en el exterior.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.