Micelio

Artículo 292

En Los Casos De Los Artículos 286 Y 287, Las Penas Se Aumentarán Hasta En Una Cuarta Parte Si El Responsable Tuviere Cualquier Carácter, Posición O Cargo Que Le Dé Particular Autoridad Sobre El Elector, O Lo Impulse A Depositar En Él Su Confianza, Y En El Caso De Que Obre Para Satisfacer Su Interés Personal

Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los casos de los artículos 286 y 287, las penas se aumentarán hasta en una cuarta parte si el responsable tuviere cualquier carácter, posición o cargo que le dé particular autoridad sobre el elector, o lo impulse a depositar en él su confianza, y en el caso de que obre para satisfacer su interés personal. TITULO XI Delitos contra la libertad individual y otras garantías. CAPITULO I Del Secuestro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2300 de 1936