Artículo octavo. En cada frente de trabajo funcionará un Puesto Médico dependiente del Servicio Médico del Ferrocarril del Rio Magdalena, con el siguiente personal, asignaciones y gastos de sostenimiento: 1-Médico $ 1.200.00 $ 14.400.00 1noneEnfermero 300.00 3.600.00 1--Inspector de Sanidad 300.00 3.600.00 Gastos de sostenimiento 5.900.00 Total $ 27.500.00
La creación y suspensión de cada Puesto Médico se hará por el Ministerio de Higiene a solicitud del Ministerio de Obras Públicas.