Micelio

Artículo 2.2.3.15.2.5

Conformación

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Conformación. La Comisión intersectorial de Justicia Familiar será presidida por el (la) Ministro(a) de Justicia y del Derecho y el (la) Director(a) General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y estará conformada de la siguiente manera:

1.

Ministro(a) de Justicia y del Derecho, o su delegado(a).

2.

Ministro(a) de Salud y Protección Social, o su delegado(a).

3.

Ministro(a) de Igualdad y Equidad, o su delegado(a).

4.

Director(a) del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, o su delegado(a).

5.

Fiscal General de la Nación, o su delegado(a).

Parágrafo 1

La presidencia de la Comisión será ejercida alternadamente entre el (la) Ministro(a) de Justicia y del Derecho y el (la) Director(a) del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, por periodos de un (1) año, iniciando el (la) Ministro(a) de Justicia y del Derecho.

Parágrafo 2

A las sesiones de la Comisión podrán ser invitados, con derecho a voz, pero sin voto, representantes de otras entidades públicas o privadas o personas naturales o jurídicas, de conformidad con las temáticas a tratar en cada sesión.

También podrán ser invitados los sistemas administrativos, cuyo objeto esté relacionado con la atención, promoción, prevención, protección e imposición de medidas de protección y restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes y demás integrantes de la familia.

Parágrafo 3

En caso de que los integrantes mencionados en el presente artículo deleguen dicha función, esta deberá efectuarse mediante acto administrativo, en el que se especifique nombre y cargo del nivel directivo de la entidad.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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