°. A los actuales trabajadores de la Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco Vargas que cumplan con los requisitos exigidos para el desempeño de los empleos establecidos en la presente planta se les terminará y liquidará su contrato de trabajo, y se les incorporará directamente a los empleos públicos de la planta de la Agencia, y sus relaciones laborales se regirán por lo señalado en la normativa vigente para las Agencias del Estado de naturaleza especial los trabajadores que no cumplan con los requisitos para ser incorporados serán indemnizados en los términos pactados en los respectivos contratos. En todo caso se deberán respetar los derechos laborales. El Director de la Agencia será incorporado directamente por el Presidente de la República, quien una vez incorporado deberá proceder a efectuar la incorporación de los demás servidores de la Agencia, en los términos señalados en el presente artículo.
Mientras se efectúan las incorporaciones a la nueva planta y las terminaciones de los contratos correspondientes, los trabajadores que venían vinculados a la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas S.A.S., hoy Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco Vargas, continuarán en el desarrollo de sus funciones y percibiendo la remuneración pactada en sus contratos. El pago de las liquidaciones e indemnizaciones que se llegaren a causar como consecuencia de la transformación de la Agencia se pagarán con cargo al presupuesto de la vigencia 2015 La Agenda hará los ajustes presupuestales y contables necesarios.