Micelio

Artículo 12

La Superintendencia De Notariado Y Registro Ejercerá Vigilancia Sobre El Registro Del Estado Civil De Las Personas Y Sobre Los Funcionarios Encargados De Llevarlo En Cuanto A Tal Labor Se Refiere, Y Les Prestará Asistencia Técnica Y Legal

Decreto 398 de 1969 · por el cual se reglamenta la Ley 75 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Superintendencia de Notariado y Registro ejercerá vigilancia sobre el registro del estado civil de las personas y sobre los funcionarios encargados de llevarlo en cuanto a tal labor se refiere, y les prestará asistencia técnica y legal. Deróganse los Artículos 39, 44. inciso 2o , y 51 del Decreto 1003 de 1939.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 398 de 1969