La Superintendencia de Notariado y Registro ejercerá vigilancia sobre el registro del estado civil de las personas y sobre los funcionarios encargados de llevarlo en cuanto a tal labor se refiere, y les prestará asistencia técnica y legal. Deróganse los Artículos 39, 44. inciso 2o , y 51 del Decreto 1003 de 1939.
Decreto 398 de 1969 →Vigente
Artículo 12
La Superintendencia De Notariado Y Registro Ejercerá Vigilancia Sobre El Registro Del Estado Civil De Las Personas Y Sobre Los Funcionarios Encargados De Llevarlo En Cuanto A Tal Labor Se Refiere, Y Les Prestará Asistencia Técnica Y Legal
Decreto 398 de 1969 · por el cual se reglamenta la Ley 75 de 1968
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.