El Gobierno Nacional reactivará económicamente a la Concesión de Salinas, administrada por el Instituto de Fomento Industrial, para lo cual se podrán enajenar bienes inmuebles urbanos y rurales, que en este momento la administra la Concesión y que no requiere para los fines de la explotación económica de las Salinas. Estos recursos se destinarán únicamente a la rehabilitación y modernización de las Salinas Terrestres y Marítimas de la Concesión.
Ley 12 de 1990 →Vigente
Artículo 1
Ley 12 de 1990 · por la cual se toman medidas para reactivar económicamente la Concesión de Salinas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.