° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963: Presupuesto de Funcionamiento. Ministerio de Guerra. B - RAMA TECNICA CAPITULO 503 Ejército Nacional. PROGRAMA I Administración de los Servicios de Defensa. Servicios personales. 101 - 152. Artículo 5030. Jornales. $ 200.000.00 102 - 152. Artículo 5032. Alimentación, lavado y peluquería 3.900.000.00 Gastos generales. 106 - 152. Artículo 5035 . Viáticos y gastos de viaje 221.562.00 CAPITULO 0504 Armada Nacional. PROGRAMA I Servicio de Defensa Naval. Servicios personales. 101 - 153. Artículo 5048. Sueldos del personal de nómina (primas, Bonificaciones y gastos de representación) $ 4.200.000.00 102 - 153. Artículo 5050. Prima de Navidad 322.082.00 102 - 153. Artículo 5051 . Alimentación, lavado y peluquería 611.456.00 CAPITULO 0505 Fuerza Aérea Colombiana. PROGRAMA I Servicios de Defensa Aérea. Servicios personales. 101 - 154. Artículo 5070. Sueldos del personal de nómina (primas, Bonificaciones y gastos de representación). $ 2.500.000.00 102 - 154. Artículo 5071. Alimentación, lavado y peluquería 294.400.00 Sumas los créditos $ 12.150.000.00
Decreto 3060 de 1963 →Vigente
Artículo 2
Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábranse Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1963: Presupuesto De Funcionamiento
Decreto 3060 de 1963 · Por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963 (Deuda Pública Nacional y Ministerio de Guerra), Por $ 12.150.000.00
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.