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Artículo 2

Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábranse Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1963: Presupuesto De Funcionamiento

Decreto 3060 de 1963 · Por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963 (Deuda Pública Nacional y Ministerio de Guerra), Por $ 12.150.000.00

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963: Presupuesto de Funcionamiento. Ministerio de Guerra. B - RAMA TECNICA CAPITULO 503 Ejército Nacional. PROGRAMA I Administración de los Servicios de Defensa. Servicios personales. 101 - 152. Artículo 5030. Jornales. $ 200.000.00 102 - 152. Artículo 5032. Alimentación, lavado y peluquería 3.900.000.00 Gastos generales. 106 - 152. Artículo 5035 . Viáticos y gastos de viaje 221.562.00 CAPITULO 0504 Armada Nacional. PROGRAMA I Servicio de Defensa Naval. Servicios personales. 101 - 153. Artículo 5048. Sueldos del personal de nómina (primas, Bonificaciones y gastos de representación) $ 4.200.000.00 102 - 153. Artículo 5050. Prima de Navidad 322.082.00 102 - 153. Artículo 5051 . Alimentación, lavado y peluquería 611.456.00 CAPITULO 0505 Fuerza Aérea Colombiana. PROGRAMA I Servicios de Defensa Aérea. Servicios personales. 101 - 154. Artículo 5070. Sueldos del personal de nómina (primas, Bonificaciones y gastos de representación). $ 2.500.000.00 102 - 154. Artículo 5071. Alimentación, lavado y peluquería 294.400.00 Sumas los créditos $ 12.150.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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