Micelio

Artículo 2

º Créanse Las Siguientes Subpartidas, Con La Descripción Y Gravamen Que A Continuación Se Indican: Partida Descripcion Gravamen % 2842

Decreto 2096 de 1991 · por el cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 2 º Créanse las siguientes subpartidas, con la descripción y gravamen que a continuación se indican: Partida DESCRIPCION Gravamen % 2842.90.90.30 Seleniatos de sodio y de amonio; teluratos de sodio y de potasio, yoduro doble de sodio y de bismuto 0 2915.90.90.40 Los demás derivados del ácido propiónico 0 2918.90.90.20 Acido 2,4,5 triclorofenoxiacético (2,4,5 T); ácido metil cloro fenoxiacético (M . C . P . A .); ácido 2,4 diclorofenoxibutírico 0 2919.00.90.20 Acido inositohexafosfórico, sus sales y derivados; fosfato de guayacol 0 2922.50.90.20 Los demás aminoácidos, sus sales y derivados 0 3917.32.00.30 Las demás tripas artificiales 10 4802.60.90.30 Cartones para estereotipia 0 4901.10.00.20 Científicos y culturales 0 4901.99.00.20 Científicos y culturales 0 5305.99.90.20 Estopas y desperdicios 0 5911.90.00.20 Empaquetaduras de yute cáñamo y fique 10 8706.00.10.20 Para los vehículos de las subpartidas 87.03.21.00.20, 87.03.21.00.91, 87.03.22.00.20, 87.03.22.00.91, 87.03.23.00.20, 87.03.23.00.91, 87.03.24.00.20, 87.03.24.00.91, 87.03.31.00.20, 87.03.31.00.91, 87.03.32.00,20 87.03.32.00.91, 87.03.33.00.20 y 87.03.33.00.91 15 8706.00.10.30 Para los vehículos de las subpartidas 87.03.21.00.92, 87.03.22.00.92 y 87.03.31.00.92 15

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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