Micelio

Artículo 46

Ley 63 de 1905 · Sobre división territorial y organización judicial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 46. El período de los Magistrados y Jueces de la República será el siguiente:

El de los Magistrados de la Corte Suprema, de cinco años, cuya fecha inicial será el 1.° de Mayo de 1905.

El de los Magistrados de los Tribunales Superiores, de cuatro años, cuya fecha inicial será el 1.® de Junio de 1905.

El de Jueces Superiores de Circuito y Ejecutores, de dos años, cuya fecha inicial será el 1.° de Julio de 1905.

El de los Jueces municipales, de un año, cuya fecha inicial será el 1.° de Agosto de 1905.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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