Micelio

Artículo 2.3.2.2.5.1

Vigilancia Y Control

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vigilancia y Control. Sin perjuicio de la competencia específica de la Superintendencia Nacional de Salud, la vigilancia y control de los procedimientos que adelanten la Instituciones especializadas en la certificación de aptitud psicofísica para la tenencia y el porte de armas de fuego, corresponderá al Ministerio de Defensa Nacional- Dirección General de Sanidad Militar-Subdirección de Servicios de Salud.

(Decreto 2858 de 2007 artículo 17)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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