Micelio

Artículo 11

Son Funciones De La Subdirección De Programación Y Desarrollo: A) Establecer Normas Técnicas Para Las Labores De Programación Y Control Que Adelanten Las Demás Subdirecciones Y Asesorar Al Director General En La Adopción De Planes Generales Y De Políticas De Programación Y Desarrollo En La Dirección General; B) Programar, Dirigir Y Supervisar Las Labores De Administración De Documentos Que Desarrollen Todas Las Unidades De La Dirección General De Impuestos Nacionales Y Asesorar Al Director General En Los Planes Que Se Adopten En Esta Materia; C) Programar, Establecer Normas Técnicas Y Supervisar Las Labores Adelantadas Por Las Unidades De Documentación De Las Dependencias De La Dirección General; D) Coordinar La Prestación Del Servicio De Procesamiento Automático De Datos A Las Unidades De La Dirección General, Realizar Estudios De Factibilidad, Asesorar A Éstas En El Estudio Y Presentación De Los Requerimientos En La Materia Y Controlar El Cumplimiento De Los Compromisos Que Con Este Motivo Se Establezcan; E) Elaborar Estudios De Organización Y Métodos Tendientes A Aumentar La Eficiencia Y Eficacia En El Desarrollo De Las Labores De Las Unidades De La Dirección General De Impuestos Nacionales Y Asesorar Al Director General En Los Planes Que Se Adopten En Esta Materia; F) Asesorar A Las Demás Subdirecciones En La Elaboración Y Estandarización De Los Manuales De Funcionamiento, Guías De Supervisión Y Formas De Uso De La Dirección General De Impuestos Nacionales; G) Establecer Y Mantener Un Sistema Estadístico Para La Dirección General De Impuestos Nacionales Que Refleje Las Actividades De Cada Una De Las Unidades Y De La Dirección En General Y Que Facilite La Programación Y Evaluación De Las Labores Que Deban Desarrollarse; H) Elaborar Estudios De Distribución De Plantas Y Locativos Para Las Dependencias De La Dirección General Y Establecer Normas Técnicas Para La Elaboración De Dichos Estudios Por Parte De Las Administraciones De Impuestos Nacionales; I) Evaluar La Gestión Desarrollada Por Las Unidades De La Dirección General, Especialmente Por Las Administraciones De Impuestos Nacionales E Informar A La Dirección Y Asesorarla En La Definición De Medidas Tendientes A Solucionar Los Problemas Que Se Presenten; J) Controlar, Por Medio De Visitas Autorizadas Por El Subdirector Y De Evaluación De Resultados, El Cumplimiento De Los Programas, Manuales, Reglamentos E Instrucciones Que Se Establezcan Para Las Unidades De Documentación De Las Administraciones De Impuestos Nacionales E Impartir Instrucciones Para Corregir Las Irregularidades Que Se Presenten; K) Estudiar El Proyecto De Presupuesto De La Dirección General Y Emitir Concepto Al Subdirector General; L) Absolver Consultas Relacionadas Con El Área De Su Competencia Provenientes De Funcionarios De La Dirección General De Impuestos Nacionales; M) Preparar Estadísticas Que Reflejen Las Actividades De La Subdirección Y Las De Las Unidades De Documentación De Las Administraciones De Impuestos Nacionales Que Sean Necesarias Para La Programación Y El Control, Y N) Formalizar Los Compromisos De Flujo De Documentos E Información Que Se Establezcan Entre Las Unidades Del Nivel Central Y Entre Éstas Y El Nivel Regional Y Viceversa

Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Subdirección de Programación y Desarrollo

a)

Establecer normas técnicas para las labores de programación y control que adelanten las demás Subdirecciones y asesorar al Director General en la adopción de planes generales y de políticas de programación y desarrollo en la Dirección General;

b)

Programar, dirigir y supervisar las labores de Administración de documentos que desarrollen todas las unidades de la Dirección General de Impuestos Nacionales y asesorar al Director General en los planes que se adopten en esta materia;

c)

Programar, establecer normas técnicas y supervisar las labores adelantadas por las unidades de documentación de las dependencias de la Dirección General;

d)

Coordinar la prestación del servicio de procesamiento automático de datos a las unidades de la Dirección General, realizar estudios de factibilidad, asesorar a éstas en el estudio y presentación de los requerimientos en la materia y controlar el cumplimiento de los compromisos que con este motivo se establezcan;

e)

Elaborar estudios de organización y métodos tendientes a aumentar la eficiencia y eficacia en el desarrollo de las labores de las unidades de la Dirección General de Impuestos Nacionales y asesorar al Director General en los planes que se adopten en esta materia;

f)

Asesorar a las demás Subdirecciones en la elaboración y estandarización de los manuales de funcionamiento, guías de supervisión y formas de uso de la Dirección General de Impuestos Nacionales;

g)

Establecer y mantener un sistema estadístico para la Dirección General de Impuestos Nacionales que refleje las actividades de cada una de las unidades y de la Dirección en general y que facilite la programación y evaluación de las labores que deban desarrollarse;

h)

Elaborar estudios de distribución de plantas y locativos para las dependencias de la Dirección General y establecer normas técnicas para la elaboración de dichos estudios por parte de las Administraciones de Impuestos Nacionales;

i)

Evaluar la gestión desarrollada por las unidades de la Dirección General, especialmente por las Administraciones de Impuestos Nacionales e informar a la Dirección y asesorarla en la definición de medidas tendientes a solucionar los problemas que se presenten;

j)

Controlar, por medio de visitas autorizadas por el Subdirector y de evaluación de resultados, el cumplimiento de los programas, manuales, reglamentos e instrucciones que se establezcan para las unidades de Documentación de las Administraciones de Impuestos Nacionales e impartir instrucciones para corregir las irregularidades que se presenten;

k)

Estudiar el proyecto de presupuesto de la Dirección General y emitir concepto al Subdirector General;

l)

Absolver consultas relacionadas con el área de su competencia provenientes de funcionarios de la Dirección General de Impuestos Nacionales;

m)

Preparar estadísticas que reflejen las actividades de la Subdirección y las de las unidades de Documentación de las Administraciones de Impuestos Nacionales que sean necesarias para la programación y el control, y

n)

Formalizar los compromisos de flujo de documentos e información que se establezcan entre las unidades del Nivel Central y entre éstas y el Nivel Regional y viceversa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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