Micelio

Artículo 3

Comité De Administración

Decreto 3491 de 2007 · por medio del cual se reglamenta el artículo 1° de la Ley 1117 de 2006, en relación con el programa de normalización de redes eléctricas y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Comité de Administración. El Programa de Normalización de Redes Eléctricas, PRONE, tendrá un Comité de Administración integrado de la siguiente manera

1.

Por el Ministro de Minas y Energía o el Viceministro de Minas y Energía, quien lo presidirá.

2.

Por el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, o su delegado.

3.

Por el Director de Energía del Ministerio de Minas y Energía. El Comité de Administración aprobará, objetará e impartirá instrucciones y recomendaciones sobre los planes, programas o proyectos que hayan sido presentados para financiación con cargo a los recursos del Programa de Normalización de Redes Eléctricas.

Parágrafo 1

El Comité de Administración tendrá como Secretario a un funcionario del Ministerio de Minas y Energía, quien presentará un informe en cada sesión sobre los planes, programas o proyectos que cuenten con la viabilidad técnica y financiera de la Unidad de Planeación Minero-Energética, UPME, para su financiación con cargo a los recursos del Programa de Normalización de Redes Eléctricas.

Parágrafo 2

El Comité de Administración podrá invitar a sus reuniones a funcionarios de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, de la Unidad de Planeación Minero- Energética, UPME, o de cualquier entidad que considere pertinente o necesario para analizar asuntos de su competencia.

Parágrafo 3

El Comité de Administración recibirá soporte Técnico de un Grupo de Apoyo conformado por funcionarios del Ministerio de Minas y Energía y de la Unidad de Planeación Minero-Energética, UPME, quienes elaborarán su Reglamento interno y los demás procedimientos o manuales necesarios, los cuales serán aprobados y aplicados por el Comité. CAPITULO III De la presentación de proyectos al comité de administración

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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