Micelio

Artículo 5

Créase La División De Gestión Y Asistencia Al Cliente En La Organización Interna De Las Administraciones De Impuestos Y Aduanas Nacionales Y Adiciónanse Los Parágrafos 3° Y 4° Al Artículo 6° Del Decreto 1265 De 1999 Los Cuales Quedan Así

Decreto 4756 de 2005 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Créase la División de Gestión y Asistencia al Cliente en la organización interna de las Administraciones de Impuestos y Aduanas Nacionales y adiciónanse los

Parágrafo

s 3° y 4° al artículo 6° del Decreto 1265 de 1999 los cuales quedan así. "

Parágrafo 3

Las Administraciones de Impuestos y Aduanas Nacionales de Bucaramanga, Pereira y Santa Marta, podrán contar con la División de Gestión y Asistencia al Cliente.

Parágrafo 4

Las Administraciones de Impuestos y Aduanas Nacionales de Manizales, Riohacha, Yopal y San Andrés no contarán con la División de Gestión y Asistencia al Cliente".

Parágrafo

s 3 y 4 ) Artículo 6 DECRETO 1265 de 1999

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4756 de 2005