En cada contrato se harán de manera clara y precisa las estipulaciones necesarias, según fuere el caso, acerca de las condiciones de los estudios, documento, personal, interventoría, plazos, materiales, requisitos para la construcción, reglamento de explotación, turnos, almacenaje, seguridad, etc., para garantizar la calidad de la obra, su terminación oportuna y el servicio eficiente y continuo del transporte, según la capacidad del oleoducto de servicio público.
Decreto 1056 de 1953 →Vigente
Artículo 206
Decreto 1056 de 1953 · Por el cual se expide el Código de Petróleos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.