Micelio

Artículo 4

De Las Sumas Mencionadas, La Intendencia Queda Facultada Para Invertir Las Necesarias Para La Adquisición De Terrenos Que El Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social, Determine Como Adecuados Para La Construcción De Los Hospitales

Decreto 774 de 1940 · Por el cual se delega la construcción y administración de unas obras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º De las sumas mencionadas, la Intendencia queda facultada para invertir las necesarias para la adquisición de terrenos que el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, determine como adecuados para la construcción de los hospitales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 774 de 1940