Micelio

Artículo 31

Ley 81 de 1960 · Reorgánica del Impuesto sobre la Renta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Es renta bruta de un comunero de comunidad organizada la que proporcionalmente le corresponda en la renta liquida gravable de la comunidad, deducido el impuesto liquido a esta por el mismo periodo fiscal de que se trate.

Para los comuneros de comunidad no organizada, es renta la que obtenga efectivamente de la comunidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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